Micelio
Auto27 de octubre de 2021

A- de 2021

Ponente Alberto Rojas Ríos

Tema · dato duro
Reclamación Por Servicios Hospitalarios Prestados A Pacientes Bajo Subcuenta Del Seguro De Riesgos Catastróficos Y Accidentes De Tránsito (Ecat).
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 37 Laboral del Circuito de Bogotá y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, -Sección Primera, Subsección A-.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda ordinaria laboral que presentó el Hospital Tobón Uribe de Medellín en contra de ADRES, con el fin de que reconozca y pague las facturas por servicios médicos hospitalarios prestados por a pacientes víctimas de eventos catastróficos y accidentes de tránsito, dentro de las condiciones determinadas en la Subcuenta ECAT.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos objetivo, subjetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte declaró que le corresponde al Tribunal Administrativo de Cundinamarca conocer el fondo del mencionado proceso y para para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los interesados.

Lo anterior declaratoria se dio con base a lo establecido en el inciso primero del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, que dice que será de conocimiento de los jueces contencioso administrativos, los asuntos relacionados con los recobros de servicios hospitalarios prestados a pacientes víctimas de eventos catastróficos y accidentes de tránsito, dentro de las condiciones determinadas en la Subcuenta ECAT, por cuanto a través de estos se cuestiona por parte de una EPS un acto administrativo proferido por la ADRES y este tipo de controversias no corresponde a las previstas en el numeral 4º del artículo 2 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, debido a que no se relacionan directamente con la prestación de los servicios de la seguridad social, sino que trata de litigios presentados exclusivamente entre entidades administradoras y relativos a la financiación de servicios ya prestados, que no implican más que a las entidades.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 37 Laboral del Circuito de Bogotá y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, -Sección Primera, Subsección A-, en el sentido de DECLARAR que corresponde al mencionado Tribunal Administrativo, conocer del proceso adelantado por el Hospital Tobón Uribe de Medellín contra la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social -ADRES-, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente Auto.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-164 al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, -Sección Primera, Subsección A-, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 37 Laboral del Circuito de Bogotá y a los sujetos procesales dentro del proceso ordinario laboral correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.